Vacaciones dignas 2026: cuántos días te tocan y cuánto cobras por ellos
Desde 2023 la ley da muchos más días de vacaciones que antes. Calcula los tuyos, revisa la tabla completa por antigüedad y entiende qué cobras al tomarlas o al dejar el trabajo.
Revisado por Radif Partners · Política editorial
La reforma conocida como vacaciones dignas se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2022 y rige desde el 1 de enero de 2023. Modificó el artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo: quien cumple un año de servicios tiene 12 días laborables de vacaciones pagadas, que aumentan dos por año hasta llegar a 20 en el quinto año. Desde el sexto, el periodo crece dos días por cada cinco años, así que con 35 años de antigüedad se llega a 32 días. La misma reforma cambió el artículo 78: al menos 12 de esos días se disfrutan de forma continua, y el resto se distribuye como decida la persona trabajadora. Durante las vacaciones cobras tu salario normal más una prima del 25 % como mínimo (artículo 80), exenta de ISR hasta 15 UMA. Si dejas el empleo, la parte proporcional se paga en el finiquito.
Días de vacaciones pagadas
12
Pago de vacaciones y prima: $7,500
| Pago de las vacaciones | $6,000 |
|---|---|
| Prima vacacional (25 %) | $1,500 |
| Días continuos mínimos (art. 78) | 12 |
| Al año siguiente | 14 |
Tabla de días de vacaciones por antigüedad (1 a 35 años)
| Años cumplidos | Días de vacaciones | Prima mínima (días de salario) | Pago de vacaciones con $15,000 | Prima con $15,000 |
|---|---|---|---|---|
| 1 | 12 | 3 | $6,000 | $1,500 |
| 2 | 14 | 3.5 | $7,000 | $1,750 |
| 3 | 16 | 4 | $8,000 | $2,000 |
| 4 | 18 | 4.5 | $9,000 | $2,250 |
| 5 | 20 | 5 | $10,000 | $2,500 |
| 6 a 10 | 22 | 5.5 | $11,000 | $2,750 |
| 11 a 15 | 24 | 6 | $12,000 | $3,000 |
| 16 a 20 | 26 | 6.5 | $13,000 | $3,250 |
| 21 a 25 | 28 | 7 | $14,000 | $3,500 |
| 26 a 30 | 30 | 7.5 | $15,000 | $3,750 |
| 31 a 35 | 32 | 8 | $16,000 | $4,000 |
La tabla sale directamente de la regla del artículo 76, calculada año por año y agrupada cuando los días no cambian. Las dos últimas columnas usan un sueldo de $15,000 al mes y el salario diario de ese sueldo entre 30: muestran cuánto cobras por los días de descanso y cuánto de prima mínima se suma encima. Fíjate en el cambio de ritmo después del quinto año. Hasta ahí, cada aniversario trae dos días más. Después hay que esperar cinco años para el siguiente escalón.
Qué cambió con la reforma de 2023
El decreto modificó solo dos artículos, el 76 y el 78, pero transformó el arranque de la carrera: el primer año ya da 12 días, y la progresión de dos días por año se mantiene hasta los 20. Para saber qué te toca hoy no necesitas la tabla anterior: basta con tus años cumplidos y la tabla de arriba, que ya aplica la regla vigente.
La reforma no tocó el porcentaje de la prima vacacional ni el cálculo del salario. Como la prima se calcula sobre los días de vacaciones, sí aumentó por arrastre: con $12,000 al mes, la prima mínima del primer año es de $1,200, y al octavo año, con 22 días, llega a $2,200. Para el detalle de la prima y su ISR, usa la calculadora de prima vacacional.
Los 12 días continuos del artículo 78
El artículo 78 reformado asegura que al menos 12 días se tomen de manera continua. La lógica es que el descanso sirva de descanso: un bloque de dos semanas, no días sueltos dispersos en el año. El resto del periodo, por ejemplo los 8 días adicionales de quien cumple cinco años, se puede repartir en la forma y en el tiempo que la persona trabajadora requiera.
En la práctica, el calendario se acuerda con el patrón. Lo que la ley no permite es fraccionar esos 12 días contra la voluntad de quien los toma, ni contarlos como disfrutados si en realidad se trabajaron. Si tu empresa cierra en diciembre y te descuenta esos días de tus vacaciones, revisa que el bloque continuo y el total anual sigan respetándose.
Cuánto cobras durante las vacaciones
Las vacaciones son pagadas: tu salario corre como si trabajaras. Encima, el artículo 80 añade la prima vacacional, al menos el 25 % del salario de esos días. La prima está exenta de ISR hasta 15 veces la UMA diaria, $1,759.65 en 2026, y lo que excede se suma a tus ingresos gravados del mes. El salario de los días de vacaciones, en cambio, tributa como tu sueldo de siempre.
El calculador de arriba muestra las dos cosas por separado: el pago de los días y la prima. Si tu contrato da más días o un porcentaje mayor, la ley funciona como piso, nunca como techo. En empresas con contrato colectivo es frecuente encontrar tablas propias más generosas que la del artículo 76.
Vacaciones proporcionales al renunciar o al ser despedido
Al terminar la relación de trabajo no se pierden los días ganados. Se pagan en dinero, con su prima, dentro del finiquito. Hay dos partes: los días de periodos anteriores que no llegaste a disfrutar y la parte proporcional del año de servicio en curso, contada desde tu último aniversario. Para esta segunda parte se usan los días del año que estabas cursando, no los del año ya cumplido.
Vacaciones proporcionales si dejas el trabajo
Días proporcionales
7.89
| Días del año de servicio en curso | 16 |
| Prima vacacional mínima sobre esos días | 1.97 días de salario |
Ejemplo: con dos años cumplidos y 180 días desde el aniversario, estás en tu tercer año de servicio, que da 16 días. La parte proporcional es 16 × 180 ÷ 365, es decir 7.89 días, y la prima mínima equivale a 1.97 días de salario. Con un sueldo de $18,000, eso son $4,734 de vacaciones y $1,184 de prima. En un despido injustificado estos importes también se pagan, junto con la indemnización que calcula la calculadora de liquidación.
Errores frecuentes al contar tus días
El primero es contar por año calendario en lugar de por aniversario. Los días se ganan al cumplir cada año de servicio, contado desde tu fecha de ingreso, no el 1 de enero. El segundo es confundir años cumplidos con el año en curso: al cumplir tres años tienes los días del tercer año, 16, y los proporcionales que vas acumulando ya son los del cuarto. El tercero es olvidar que la regla es en días laborables: una semana de vacaciones de lunes a viernes consume cinco días, no siete.
Por último, las vacaciones no cuentan en el aguinaldo ni lo reducen: son prestaciones independientes. La del fin de año se calcula aparte en la calculadora de aguinaldo.