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Calculadora de prima vacacional 2026
Indica tu sueldo mensual, los años cumplidos y el porcentaje de prima de tu contrato: verás la prima bruta, la parte libre de impuestos, el ISR y lo que cobras.
Revisado por Radif Partners · Política editorial
Prima vacacional neta
$1,500
12 días de vacaciones · prima del 25 %
| Pago de los días de vacaciones | $6,000 |
|---|---|
| Prima vacacional bruta | $1,500 |
| Exenta (15 UMA) | $1,500 |
| ISR | − $0 |
| Prima neta | $1,500 |
La prima vacacional es un pago adicional que el patrón entrega sobre el salario de los días de vacaciones. El artículo 80 de la Ley Federal del Trabajo la fija en un 25 % como mínimo, y los días sobre los que se calcula dependen de la antigüedad: 12 en el primer año desde la reforma de vacaciones dignas, que suben con cada aniversario. La Ley del ISR exenta 15 veces la UMA diaria, $1,759.65 en 2026 con la UMA de $117.31, y grava el excedente. Con un sueldo de $20,000 y un año cumplido, la prima mínima es de $2,000 brutos, $1,760 exentos y un ISR de $51, de modo que cobras $1,949. La calculadora aplica el salario diario de tu sueldo mensual entre 30, el porcentaje de tu contrato si supera el mínimo y la retención por el artículo 96 de la Ley del ISR y por el artículo 174 de su Reglamento.
Prima vacacional por años de servicio, sueldo de $20,000
| Años cumplidos | Días | Pago de vacaciones | Prima bruta | Exenta | ISR | Prima neta |
|---|---|---|---|---|---|---|
| 1 | 12 | $8,000 | $2,000 | $1,760 | $51 | $1,949 |
| 2 | 14 | $9,333 | $2,333 | $1,760 | $123 | $2,211 |
| 3 | 16 | $10,667 | $2,667 | $1,760 | $194 | $2,473 |
| 4 | 18 | $12,000 | $3,000 | $1,760 | $265 | $2,735 |
| 5 | 20 | $13,333 | $3,333 | $1,760 | $336 | $2,997 |
| 6 | 22 | $14,667 | $3,667 | $1,760 | $407 | $3,259 |
| 11 | 24 | $16,000 | $4,000 | $1,760 | $479 | $3,521 |
| 16 | 26 | $17,333 | $4,333 | $1,760 | $550 | $3,784 |
| 21 | 28 | $18,667 | $4,667 | $1,760 | $621 | $4,046 |
| 26 | 30 | $20,000 | $5,000 | $1,760 | $692 | $4,308 |
| 31 | 32 | $21,333 | $5,333 | $1,760 | $763 | $4,570 |
Cada fila marca el primer año de un nuevo escalón: los días crecen de dos en dos hasta el quinto año y, después, cada cinco años. La prima sigue el mismo ritmo, pero el tope exento se queda fijo en $1,759.65: a partir del momento en que la prima bruta lo rebasa, cada día adicional de vacaciones tributa completo. Por eso el ISR crece más rápido que la prima en las filas de mayor antigüedad.
El mismo primer año con distintos sueldos
| Sueldo mensual | Prima bruta | Exenta | Gravada | ISR (art. 96) | ISR (art. 174) | Neta |
|---|---|---|---|---|---|---|
| $10,000 | $1,000 | $1,000 | $0 | $0 | $0 | $1,000 |
| $15,000 | $1,500 | $1,500 | $0 | $0 | $0 | $1,500 |
| $20,000 | $2,000 | $1,760 | $240 | $51 | $51 | $1,949 |
| $30,000 | $3,000 | $1,760 | $1,240 | $265 | $265 | $2,735 |
| $50,000 | $5,000 | $1,760 | $3,240 | $762 | $762 | $4,238 |
| $80,000 | $8,000 | $1,760 | $6,240 | $1,872 | $1,872 | $6,128 |
Hasta unos $17,597 de sueldo mensual la prima del primer año queda libre de impuestos: con $15,000 cobras los $1,500 íntegros. Con $80,000, en cambio, la parte gravada es de $6,240 y el ISR se lleva $1,872. Cuando la parte gravada es pequeña frente al tramo de la tarifa en el que estás, los dos métodos de retención dan cifras casi iguales, como muestra la tabla.
Cómo se calcula, paso a paso
Primero se obtiene el salario diario: sueldo mensual entre 30. Luego se multiplica por los días de vacaciones que te corresponden según tus años cumplidos, lo que da el pago de las vacaciones. La prima es ese pago por el porcentaje de tu contrato, nunca menor al 25 %. Al resultado se le resta la parte exenta y lo que queda se grava. Con el artículo 96, el ISR es la diferencia entre la retención del mes con y sin la parte gravada. Con el artículo 174 del Reglamento, el patrón calcula una tasa a partir de la parte gravada repartida en el año y la aplica solo a esa parte.
Si tu contrato da una prima del 50 %, el cálculo es el mismo con otro porcentaje: con $20,000 y un año cumplido serían $4,000 brutos y $3,521 netos. La exención no crece con el porcentaje, así que todo lo que el contrato añade sobre el mínimo legal paga impuesto.
Errores frecuentes al revisar el recibo
El más común es confundir el pago de las vacaciones con la prima. Durante tus días de descanso sigues cobrando tu sueldo normal, y la prima va aparte, como percepción adicional en el CFDI de nómina. Otro error es usar los días de la antigüedad que vas a cumplir en lugar de los años ya cumplidos: el campo pide años completos. Y si la empresa paga la prima en dos partes, una por cada bloque de vacaciones, la exención de 15 UMA se reparte entre ambos pagos dentro del mismo año, no se aplica dos veces.
La prima también influye en tus cuotas: forma parte del factor de integración del salario base de cotización, como se ve en la calculadora IMSS. Para saber cuántos días te tocan antes de calcular la prima, consulta la guía de vacaciones dignas. Si vas a dejar el empleo, la parte proporcional entra en la calculadora de finiquito.
Preguntas frecuentes
¿La prima vacacional sube con los años de antigüedad?
Sí, aunque el porcentaje no cambia. El 25 % del artículo 80 se aplica sobre los días de vacaciones, y esos días crecen con la antigüedad según el artículo 76. Con un sueldo de $20,000, la prima bruta pasa de $2,000 en el primer año a $3,333 al cumplir cinco, porque los días suben de 12 a 20.
¿Cuánta prima vacacional está exenta de ISR en 2026?
Hasta 15 veces la UMA diaria, $1,759.65 en 2026, según el artículo 93 fracción XIV de la Ley del ISR. Con 12 días de vacaciones y la prima mínima, eso cubre sueldos de hasta unos $17,597 al mes. El excedente se suma a tus ingresos gravados y paga ISR con tu tasa marginal.
¿Me pueden pagar menos del 25 % de prima si así lo firmé en el contrato?
No. El artículo 80 de la Ley Federal del Trabajo fija un mínimo del 25 % sobre los salarios del periodo de vacaciones, y una cláusula que renuncie a un derecho mínimo no tiene efecto. El contrato individual o el colectivo solo pueden mejorarla: un 50 % o un 100 % son legales y frecuentes en empresas grandes.
¿Tengo prima vacacional en mi primer año de trabajo?
Las vacaciones se ganan al cumplir el primer año, con 12 días, y la prima se calcula sobre esos días: al mínimo legal equivale a 3 días de salario. Si dejas la empresa antes del aniversario, la parte proporcional de vacaciones y de prima se paga en el finiquito.
¿Sobre qué salario se calcula la prima vacacional?
El artículo 80 la calcula sobre los salarios que te corresponden durante el periodo de vacaciones. Con sueldo fijo mensual, el salario diario es el mensual entre 30, como indica el artículo 89, y la calculadora usa esa regla. Si tu contrato fija la prima sobre una base mayor, por ejemplo con prestaciones, el resultado mejora a tu favor.
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Fuentes
Escrito por Radif Partners
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